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ORDEN de 10 de mayo de 2005, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se convoca el V Premio de Investigación en Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 20/05/2005 (Nº 60)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

ORDEN de 10 de mayo de 2005, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se convoca el V Premio de Investigación en Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La defensa de los consumidores constituye uno de los principios rectores de la política social y económica, tal y como se configura en el artículo 51 de la Constitución y se articula a través de una serie de procedimientos eficaces con el fin de proteger la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de aquéllos. En este sentido, la investigación científica y técnica contribuye de manera sustancial al conocimiento de la materia, de forma que puedan desarrollarse los mecanismos adecuados para garantizar la protección a los consumidores con el fin último de atender a las necesidades de la Comunidad y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. El Departamento de Salud y Consumo, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 44.2 de la Constitución dirigido a los poderes públicos para que promuevan la investigación científica y técnica en beneficio del interés general, en aplicación de la Ley 8/1997, de 30 de octubre, del Estatuto del Consumidor y Usuario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de acuerdo con el Decreto 267/2003, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Salud y Consumo, procede a efectuar la V Convocatoria del Premio de Investigación en Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón que consta de dos premios en metálico.

En su virtud, vistas las disposiciones citadas y demás normas de general y pertinente aplicación, dispongo:

Artículo único.

1. Se convoca el V Premio de Investigación en Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón con el fin de promover la realización de estudios científicos o técnicos y el desarrollo teórico y práctico en la materia de protección, defensa e información al consumidor, según las bases que se hacen públicas en el Anexo de la presente Orden.

2. Los premios en metálico se financiarán con cargo al presupuesto de la Dirección General de Consumo para el año 2005.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

En Zaragoza, a 10 de mayo de 2005.

La Consejera de Salud y Consumo,

LUISA MªNOENO CEAMANOS

ANEXO BASES

Primera.-Convocatoria.

La convocatoria del V Premio de Investigación en Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón consta de las siguientes categorías:

-Premio de Investigación al mejor trabajo o estudio de investigación que tenga por objeto materias relacionadas con la defensa y protección de los consumidores en el área de Comercio y Consumo, con referencia a la Comunidad Autónoma de Aragón.

-Accésit del Premio de Investigación

Será especialmente objeto de la consideración del Jurado:

-La originalidad del trabajo presentado.

-Las referencias y la relación directa al ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

-La aplicación práctica de la investigación a la realidad actual e inclusión de propuestas resolutivas y plausibles de carácter práctico para la mejora de la defensa y protección de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios.

-La precisión, claridad, rigor y calidad técnica de la investigación.

Segunda.-Aspirantes.

-Podrán optar al Premio de Investigación las Asociaciones e Instituciones sin ánimo de lucro cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Aragón, debidamente inscritas en los registros correspondientes, así como las personas físicas vinculadas a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercera.-Dotación.

El premio de Investigación en Consumo estará dotado con:

-Un premio de 3.000 euros al mejor trabajo o estudio de investigación.

-Un accésit de 600 euros.

Cuarta.-Requisitos de los trabajos.

Los trabajos y estudios de investigación que opten al Premio deberán cumplir los siguientes requisitos:

-Ser originales o inéditos, pudiendo consistir en cualquier obra monográfica de investigación sobre la materia referida.

-Tener una extensión mínima de 40 páginas mecanografiadas a doble espacio.

-Presentarse en soporte papel por triplicado y en soporte informático en formato Word.

-No llevar ningún distintivo que permita la identificación de los autores o de la institución.

Quinta.-Presentación de los trabajos.

1. Los trabajos o estudios de investigación se dirigirán a la Dirección General de Consumo, pudiendo presentarse en el Registro General de la Diputación General de Aragón, ubicado en el Edificio Pignatelli, así como en los lugares establecidos en la Orden de 16 de febrero de 2005, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se hace pública la relación de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, así como en los registros y oficinas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no llevarán identificación del autor, e irán acompañados de la siguiente documentación:

a) Solicitud en la que sólo figurará el nombre del trabajo.

b) Los documentos identificativos que se relacionan a continuación, que se entregarán en sobre cerrado, en cuyo exterior figurará únicamente el nombre del trabajo:

-En el caso de personas físicas: Fotocopia del D.N.I., domicilio, teléfono de contacto y currículum vitae del autor o autores del trabajo.

-En el caso de asociaciones o instituciones sin ánimo de lucro: Certificado del Secretario, con el visto bueno del Presidente, en el que se haga constar la denominación de la asociación o institución, la inscripción en el registro correspondiente, domicilio y teléfono de contacto.

2. Si las solicitudes no vinieran acompañadas de la documentación prevista en la presente Orden o adoleciesen de algún defecto formal, se requerirá mediante comunicación escrita al solicitante para que presente la documentación restante o subsane el defecto en el plazo máximo de diez días, tal y como se establece en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, apercibiéndole que, de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su solicitud previa resolución.

Sexta.-Plazo de presentación.

El plazo de presentación de los trabajos o estudios finalizará el 14 de octubre de 2005.

Séptima.-Custodia y apertura de sobres.

1. Los trabajos o estudios de investigación y la documentación complementaria quedarán bajo custodia del secretario del Jurado.

2. La apertura de los sobres a que hace referencia la base quinta, apartado 1, se realizará en la sesión de concesión de los premios, una vez elegido el trabajo ganador.

Octava.-Jurado.

El Jurado estará compuesto por:

-Presidente: El Director General de Consumo del Gobierno de Aragón.

-Un representante de otro Departamento del Gobierno de Aragón, con competencias en la materia.

-Un representante del Consejo Aragonés de Consumidores y Usuarios, designado por el Pleno del Consejo.

-Un Jefe de Servicio de la Dirección General de Consumo.

-Un experto en la materia, del ámbito universitario.

-Un secretario con voz pero sin voto, que será un funcionario de la Dirección General de Consumo.

Novena.-Fallo.

1. El fallo del Jurado será inapelable y se dará a conocer antes del 29 de noviembre de 2005, adjudicándose los premios de acuerdo con los criterios señalados en el apartado primero de la base primera, y se hará público en el «Boletín Oficial de Aragón».

2. Si a juicio del Jurado ninguno de los trabajos presentados reuniese méritos suficientes para ser galardonados con el premio correspondiente, éste será declarado desierto.

Décima.-Cesión de derechos.

1. La Comunidad Autónoma de Aragón se reserva el derecho a la divulgación y explotación de la obra o trabajo premiado.

2. Los trabajos que no resulten premiados podrán ser retirados dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación del fallo del Jurado. Se considerará que el autor cede los derechos a la divulgación y explotación de la obra o trabajo a la Comunidad Autónoma de Aragón en el supuesto en que no lo retire en el período antes mencionado.

Undécima.-Aceptación de las bases.

La solicitud de presentación al premio supone la aceptación de las presentes bases.